Gaurkotasun sahara

Sahel-eko eskualdeko giza eskubideen egoerari buruzko TANNOCK TXOSTENA (gazteleraz)

23 Urr 2013
Comisión de Asuntos Exteriores
Ponente: Charles Tannock
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO
El Parlamento Europeo,
– Vistos los principales convenios y tratados de las Naciones Unidas y la Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos,
– Vistas las Conclusiones del Consejo de 25 de junio de 2012 relativas al Marco Estratégico de la UE sobre derechos humanos y democracia y el Plan de Acción de la UE para los derechos humanos y la democracia, así como las Decisiones del Consejo de 25 de julio de 2012  y de 18 de marzo 2013 por las que se nombra al Representante Especial de la Unión Europea (REUE) para los Derechos Humanos y al Representante Especial para el Sahel, respectivamente, y, en particular, el artículo relativo a los derechos humanos en su mandato,
– Vistas las recientes conclusiones del Consejo sobre el Sahel, en particular sobre Mali, incluidas en las Conclusiones de 21 de marzo de 2011 sobre la Estrategia de la UE para la Seguridad y el Desarrollo en el Sahel,
– Vistas las Conclusiones del Consejo de 14 de junio de 2011 sobre los indicadores de la UE del Planteamiento global para la aplicación por la Unión Europea de las Resoluciones 1325 y 1820 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la mujer, la paz y la seguridad,
– Vistas las Directrices de la UE sobre derechos humanos,
– Vistas las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y los informes del Secretario General de dicha organización y del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en relación con el Sahel, en particular sobre Mali, – Visto el Informe de las Naciones Unidas sobre el desarrollo mundial 2013,
– Vistos los planes de la Comisión relativos a la ejecución de la ayuda humanitaria en el Sahel,
– Visto el informe del Secretario General de las Naciones Unidas al Consejo de Seguridad de la Naciones Unidas sobre la situación relativa al Sáhara Occidental, de 8 de abril de 2013, en particular su referencia a la relación existente entre el Sáhara Occidental y la situación en el Sahel,
– Visto el artículo 48 de su Reglamento
– Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A7-0000/2013),
A. Considerando que el Sahel es una de las regiones más pobres del mundo, que afronta graves problemas relacionados con los derechos humanos, el Estado de Derecho, la seguridad y conflictos armados, así como el desarrollo económico y social;
B. Considerando que la presente Resolución engloba a los países incluidos en la Estrategia de la UE para la región del Sahel, en particular Mauritania, Mali, Níger, así como las regiones afectadas de Burkina Faso y Chad; que la definición geográfica y ecológica más amplia del Sahel sigue teniendo capital importancia en lo que respecta a los retos comunes a los que se enfrenta la región en materia de derechos humanos; y que este informe abordará, asimismo, la situación de los derechos humanos en el Sáhara Occidental y en los campamentos de Tinduf;
C. Considerando que la extrema pobreza en la región está reflejada en el Índice de Desarrollo Humano de las Naciones Unidas para el año 2012, que sitúa a Níger, Chad, Burkina Faso y Mali entre los seis países menos desarrollados del mundo (puestos 186, 184, 183 y 182 respectivamente); que, según datos de las Naciones Unidas, la tasa de mortalidad materna en Mali, estimada en 1 100 fallecimientos por cada 100 000 nacidos vivos, es la más elevada del mundo; que en el Informe de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Humano 2013 se pone de relieve que en Níger y Mali se registran tasas particularmente elevadas de mortalidad infantil entre los menores de cinco años, que superan los 200 fallecimientos por cada 1 000 nacidos vivos en aquellos casos en los que las madres carecen de cualquier tipo de educación; que el Banco Mundial calcula que las tasas de escolarización en la escuela primaria en Níger y Mali se encuentran entre las más bajas del mundo y se sitúan, respectivamente, en el 62 y el 63 %; y que la Comisión Europea calcula que un total de 10,3 millones de personas están amenazadas de hambruna en la región del Sahel en 2013, de las que 4,2 millones son malíes;
D. Considerando que grupos extremistas se valieron del resentimiento existente entre los tuaregs en el norte de Mali cuando a inicios del año 2012 se unieron a la rebelión instigada por el Movimiento Nacional de Liberación de Azawad (MNLA), de carácter laico, al que posteriormente sustituyeron; que estos grupos, en particular Ansar Dine, Al Qaeda del Magreb Islámico (AQMI) y el Movimiento por la Unicidad y Yihad en África Occidental (MUJAO), se beneficiaron, además, de la inestabilidad derivada del golpe de Estado que se registró posteriormente en Bamako; y que las violaciones sistemáticas de los derechos humanos en el norte, junto a las amenazas existentes en aquel entonces con respecto a la existencia del propio Estado malí, precipitaron la intervención internacional para ayudar a apuntalar la democracia, restablecer el Estado de Derecho y mejorar la situación de los derechos humanos;
E. Considerando que la UE ha prestado recientemente una mayor atención a la región del Sahel, como lo demuestra la aprobación de la Estrategia de la UE para el Sahel en 2011, el lanzamiento del programa de refuerzo de capacidades (EUCAP Sahel), y el nombramiento de un Representante Especial de la UE para el Sahel; y que el mandato del nuevo REUE, adoptado el 18 de marzo de 2013, tiene un componente importante relacionado con los derechos humanos;
F. Considerando que unos problemas complejos e interdependientes exigen una coordinación eficaz de las distintas políticas de la UE, estableciendo un vínculo entre los esfuerzos de la UE en los ámbitos de los derechos humanos, el apoyo a la democracia y el Estado de Derecho, y los objetivos de la UE en materia de gestión de crisis, el sector de la seguridad, la cooperación al desarrollo y la sostenibilidad ecológica;
G. Considerando que la cooperación de la UE con la Unión Africana (UA), la Comunidad Económica de los Estados del África Occidental (CEDEAO), las instituciones regionales de derechos humanos y los organismos de las Naciones Unidas especializados en estos derechos sigue siendo un prerrequisito para promover eficazmente la protección y el fomento de los derechos humanos en el Sahel;
H. Considerando que en el Sáhara Occidental se ha mantenido desde 1991 un alto el fuego entre el Gobierno de Marruecos y el Frente Polisario; que las Naciones Unidas consideran al Sáhara Occidental como un territorio no autónomo; que ningún país reconoce la soberanía de Marruecos sobre el Sáhara Occidental; que la República Árabe Saharaui Democrática es reconocida actualmente por la Unión Africana y por más de 45 Estados miembros de las Naciones Unidas, pero no por las Naciones Unidas en su conjunto ni por ningún Estado miembro de la UE; que las Naciones Unidas y la UE no consideran explícitamente a Marruecos como una fuerza de ocupación; y que todavía no se ha celebrado un referéndum sobre el estatuto del Sáhara Occidental, acordado inicialmente en 1988;
I. Considerando que los campamentos de refugiados en las cercanías de Tinduf, Argelia, creados hace 37 años, siguen siendo los segundos campamentos más antiguos existentes en el mundo; y que el bloqueo político impide toda posibilidad real de su disolución o el reasentamiento o la repatriación de sus habitantes en un futuro próximo;
J. Considerando que la Misión de las Naciones Unidas para el Referéndum del Sáhara Occidental (MINURSO) es la única misión de las Naciones Unidas que no incluye una dimensión en materia de derechos humanos en su mandato y que no dispone de ningún mecanismo para informar sobre supuestas violaciones de los derechos humanos; y que tanto el Gobierno marroquí como el Frente Polisario han sido acusados de violar los derechos humanos; Consideraciones de carácter general
1. Expresa su profunda preocupación por la situación de los derechos humanos en la región del Sahel, que se ha agravado por distintas crisis en los ámbitos político, social, económico y ecológico; destaca que unos retos profundamente complejos requieren una respuesta política bien coordinada;
2. Toma nota de que la situación de los derechos humanos en el Sahel ha adquirido mayor relevancia a nivel internacional a raíz del conflicto armado en Mali y de la respuesta internacional al mismo; reconoce que este conflicto ha generado problemas concretos en ese país y que ha exacerbado los principales problemas subyacentes ya presentes en Mali y en el resto de la región; pone de relieve, no obstante, que las preocupaciones inmediatas en torno a Mali no deben desviar la atención de los problemas crónicos y persistentes que repercuten seriamente sobre los derechos humanos en el resto de la región del Sahel, en particular la esclavitud y el tráfico de seres humanos, el extremismo y la radicalización de grupos yihadistas, la fragilidad de la gobernanza y la corrupción institucional, así como una pobreza sistémica y debilitadora;
3. Acoge con satisfacción que los derechos humanos sean objeto de una mayor atención en la política de la UE; señala que las Naciones Unidas también han adoptado medidas para elaborar una estrategia global en relación con el Sahel con una fuerte dimensión en materia de derechos humanos; recuerda que la UE y los países del Sahel, en su calidad de signatarios del Acuerdo de Cotonú, han asumido una serie de obligaciones de carácter recíproco en relación con la protección de los derechos humanos y los principios democráticos, sobre la base del Estado de Derecho y una gobernanza transparente y responsable;
Los derechos humanos en situaciones de conflicto armado
4. Concede especial atención a la situación de los derechos humanos en Mali, desde donde han llegado informaciones sobre graves violaciones de los derechos humanos en el norte del país por parte de grupos armados; observa que entre los presuntos crímenes se encuentran violaciones multitudinarias, mutilaciones, tratos crueles y tortura, violencia por motivos étnicos, ejecuciones sumarias, detenciones ilegales y el dictado de sentencias sin la celebración de procesos justos, desapariciones forzadas, la utilización de niños soldados, matrimonios forzados, la realización de ataques intencionados contra objetos protegidos, y la destrucción y el saqueo de propiedades; señala que desde enero de 2013 también ha habido denuncias con respecto a violaciones de los derechos humanos cometidas por elementos de las fuerzas de seguridad de Mali y grupos paramilitares de las que han sido víctimas las comunidades tuareg y árabe y otros grupos sospechosos de haber cooperado o de haberse asociado con grupos rebeldes; insta a las autoridades de Mali y a sus socios internacionales a que presten especial atención a los nuevos patrones de violación de los derechos humanos, incluidas las represalias basadas en la etnia, que han surgido desde que se han recuperado regiones del norte de Mali y que podrían constituir un obstáculo para la consolidación de la paz y la reconciliación si no se tratan adecuadamente; pide al Gobierno de Mali que facilite la denuncia de los abusos en las ofensivas que se llevan a cabo en el futuro y que respete los procedimientos legales adecuados al interrogar a los supuestos milicianos; reitera su condena de las atrocidades cometidas contra la población civil; recuerda la determinación del Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) cuando afirma que hay razones suficientes para creer que las atrocidades cometidas durante el conflicto en Mali constituyen crímenes de guerra; considera, asimismo, que algunas atrocidades podrían constituir crímenes contra la Humanidad;
5. Observa con profunda preocupación el cálculo de la ACNUR en virtud del cual en Mali hay casi 300 000 personas desplazadas en el interior del país, además de más de 175 000 refugiados en los países vecinos; aboga por una acción inmediata en esos campos de refugiados en los que, según las informaciones recibidas, se registra un grado de inseguridad alimentaria extrema y niveles alarmantes de mortalidad infantil; subraya la importancia que reviste garantizar la seguridad de los refugiados y de los desplazados internos y facilitar su regreso ordenado a sus comunidades de origen como elemento clave de la reconciliación nacional;
6. Hace hincapié en que las mujeres han sido las más afectadas por la violencia contra la población civil en Mali; condena específicamente como crimen de guerra el recurso al secuestro y a la violación como arma de guerra; confía en que la UE y otros socios internacionales de Mali cooperen estrechamente con las autoridades de dicho país para cumplir los compromisos derivados de las Resoluciones 1325 y 1820 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas así como del Planteamiento global de la UE;
7. Deplora las graves violaciones de las que han sido objeto menores en Mali, incluida la presunta utilización de niños soldados por todos los grupos armados que actúan en el norte; hace hincapié en la importancia de asignar recursos suficientes a las tareas de desmovilización y rehabilitación de los niños soldados; condena en los términos más enérgicos la violencia sexual contra las niñas, los matrimonios forzados, los secuestros y los ataques contra escuelas y hospitales que se han registrado durante el conflicto en Mali; considera la captura y detención de menores para actividades de espionaje como una tendencia preocupante que debe ser abordada como una cuestión de máxima urgencia;
8. Lamenta la tentativa de destrucción del valioso patrimonio cultural del norte de Mali por grupos armados que han demolido antiguos santuarios sufíes y otros monumentos preciados en Tombuctú y Gao y que han destrozado aproximadamente 3 000 manuscritos antiguos; considera que la profanación cultural registrada en el norte de Mali constituye un crimen de guerra; acoge con satisfacción el Plan de acción de la UNESCO para la rehabilitación del patrimonio cultural y la salvaguardia de los manuscritos antiguos en Mali y pide a la UE que lo apoye;
9. Acoge con satisfacción la importancia que revisten los derechos humanos en la Resolución 2100 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, adoptada el 25 de abril de 2013, y que el mandato de la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en Mali (MINUSMA) incluya el control, la ayuda a la investigación y la información al Consejo de Seguridad con respecto a cualquier abuso o violación de los derechos humanos o en relación con infracciones del Derecho internacional humanitario; acoge con satisfacción la inclusión en la Misión de Entrenamiento de la UE en Mali en el marco de la PCSD de un elemento relativo a la formación en materia de derechos humanos;
10. Acoge con satisfacción la importancia del contingente africano en la misión MINUSMA y, en particular, la decisión de la Unión Africana de enviar observadores de los derechos humanos en el marco de dicha misión; se congratula, asimismo, de los esfuerzos de la Comisión por formar a nuevos observadores locales en el marco del Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos; insta a la UE a aprovechar esta experiencia y a examinar formas adecuadas para contar con expertos formados que puedan desplegarse rápidamente en el terreno en situaciones de urgencia para dar asesoramiento profesional a los responsables políticos de la UE en caso de necesidad;
11. Acoge con satisfacción las conclusiones de la Conferencia Internacional de Donantes «Juntos por un nuevo Mali» celebrada en mayo de 2013; elogia el plan del Gobierno de Mali para la recuperación sostenible del país (PRED); reitera la necesidad de vincular la ayuda a las reformas institucionales y a un desarrollo evidente a nivel social y político;  elogia, asimismo, la participación constructiva de los agentes regionales;
12. Considera que la necesidad de luchar contra la impunidad y de que todos los autores de violaciones graves de los derechos humanos respondan de sus actos, independientemente de su afiliación y estatuto, es clave para asegurar una paz duradera y la estabilidad en Mali; se congratula, por lo tanto, de que el Gobierno de Mali haya remitido el caso a la Corte Penal Internacional (CPI) y de que el Fiscal de la CPI haya decidido iniciar investigaciones formales; pide a la UE y otros socios internacionales de Mali que ayuden al gobierno a alcanzar su objetivo de investigar y de juzgar a los responsables de los abusos; pide al Gobierno de Mali que se plantee la creación de una Comisión de la Verdad y la Reconciliación, en la línea de la de Sudáfrica, para fomentar el diálogo y reforzar la confianza entre las comunidades;  Obligación de rendir cuentas y reforma de las instituciones gubernamentales, judiciales y de seguridad
13. Considera que los retos existentes en la actualidad en materia de derechos humanos en el Sahel no pueden desligarse de una crisis general de gobernanza que incluye una corrupción generalizada en la administración pública, la prestación de unos servicios básicos insuficientes, un respeto deficiente de los derechos económicos y sociales, en particular en las amplias y a menudo escasamente pobladas regiones saharianas, así como graves retos en relación con la defensa del Estado de Derecho y el mantenimiento de unos controles fronterizos eficaces; lamenta el daño que esta situación provoca a la legitimidad de las instituciones y a los sistemas políticos de la región; expresa su temor con respecto al riesgo de que surjan nuevos conflictos o disturbios en el futuro si estas cuestiones no se abordan adecuadamente;
14. Observa con gran preocupación el papel que desempeñan estos factores al fomentar la aparición en la región de redes de delincuencia organizada y de grupos yihadistas de carácter internacional; subraya las graves amenazas que suponen para los derechos humanos y la estabilidad regional y la necesidad de hacer frente a estas amenazas en beneficio de los habitantes del Sahel; expresa su especial preocupación con respecto a las «autopistas» que atraviesan África de oeste a este y de sur a norte desde la costa del África occidental por las que se trafican armas, estupefacientes, cigarrillos y seres humanos; señala que el Sahel corre el riesgo de una mayor desestabilización como consecuencia de la proliferación de armas ligeras procedentes de Libia; condena, asimismo, el aumento del número de secuestros y de la incidencia de la toma de rehenes en la región, que han resultado ser actividades muy lucrativas para los grupos delictivos y terroristas, y acoge con satisfacción la labor del Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en relación con el impacto de la toma de rehenes por terroristas sobre los derechos humanos; llama la atención sobre el impacto de estas actividades en el conjunto de la región, así como en la UE, que es el destino de gran parte del tráfico ilícito;
15. Considera fundamental, por consiguiente, fomentar la reforma de las instituciones encargadas de la justicia, la seguridad y los servicios básicos en los países del Sahel con el fin de ayudar a restablecer el imperio de la ley y crear mejores condiciones para los derechos humanos, un desarrollo sostenible y la legitimidad institucional; insta a los Gobiernos del Sahel a continuar el proceso de descentralización, a transferir más competencias y recursos a las autoridades locales y a aumentar su capacidad, legitimidad y obligación de rendir cuentas; destaca, en particular, la importancia de unas estructuras de rendición de cuentas claras para promover la eficiencia y la transparencia y pide a la UE que trabaje con las autoridades locales para fortalecer los mecanismos de control y supervisión civil; señala la necesidad imperiosa de que Mali, en particular, adopte las medidas necesarias para velar por que el Ministerio de Justicia disponga de recursos humanos y financieros suficientes, así como de que sus funcionarios dispongan de una formación profesional adecuada;
16. Acoge con satisfacción la decisión del Senegal de juzgar al antiguo Presidente chadiano Diseñe Habré por crímenes de guerra, tortura y crímenes contra la Humanidad y el acuerdo alcanzado entre los dos gobiernos para permitir que los jueces senegaleses lleven a cabo investigaciones en Chad; apoya firmemente la voluntad decidida de poner fin a la cultura de impunidad con respecto a los presuntos criminales de guerra y violadores de los derechos humanos en Chad y en el resto de la región;
17. Anima a todos los países de la región a prestar atención a las denuncias continuadas de presuntas detenciones arbitrarias, malos tratos y abusos, incluida la tortura, a pesar de la legislación que prohíbe tales prácticas; expresa su preocupación por las informaciones difundidas sobre presuntas desapariciones forzadas de presos condenados en Mauritania; expresa su preocupación por las presuntas condiciones extremadamente deficientes en algunas de las cárceles de la región, que provocan un gran sufrimiento a los prisioneros; Libertades civiles y gobernanza democrática
18. Destaca que el imperativo de la seguridad en el conflicto actual en Mali no debe desviar la atención con respecto a la necesidad primordial de establecer en toda la región un diálogo nacional incluyente, la buena gobernanza y reformas democráticas como motor de la estabilidad política y la sostenibilidad; observa que estos aspectos son indisociables de las mejoras en los ámbitos del desarrollo y los derechos humanos;
19. Respalda el compromiso de la resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de ayudar a las autoridades de transición de Mali a aplicar la hoja de ruta de transición para lograr la plena restauración del orden constitucional, la gobernanza democrática y la unidad nacional; considera que es esencial crear unas condiciones favorables para la celebración de unas elecciones creíbles que se ajusten a las normas internacionales; destaca la necesidad de superar los retos que representa la organización de la votación en los campos de desplazados internos y refugiados para evitar una mayor marginalización política; solicita una actuación inmediata del Gobierno de Mali y sus socios internacionales al respecto; hace hincapié en la necesidad de garantizar la participación segura de las mujeres en el proceso electoral;
20. Pide al Gobierno de Mali y a la comunidad internacional que aprovechen la experiencia de la transición democrática en Níger y su proceso constitucional en 2010-2011, en particular en lo que se refiere a las amplias consultas a la sociedad civil y otras partes interesadas, los esfuerzos por promover la participación política de las mujeres como candidatas, y el apoyo de los socios de la sociedad civil en el desarrollo de la observación de las elecciones por los ciudadanos, la educación de los electores y diversas actividades; destaca la importancia que reviste para toda la región del Sahel un apoyo continuo a Níger con objeto de consolidar la confianza de los ciudadanos en el sistema democrático y de dar seguimiento al requisito establecido en la nueva constitución de incrementar la transparencia y la lucha contra la corrupción en la gestión de las industrias extractivas;
21. Subraya la importancia que reviste en la región del Sahel el apoyo a los defensores de los derechos humanos, la sociedad civil independiente y unos medios de comunicación libres como agentes clave en la vida de una sociedad democrática, en particular en época de elecciones;
Desarrollo, ayuda humanitaria y derechos humanos
22. Toma nota con la debida seriedad de la pobreza extrema y omnipresente de Mali, Níger, Chad y Burkina Faso, y reconoce sus repercusiones negativas sobre las posibilidades de lograr el respeto de los derechos humanos; manifiesta su honda preocupación ante las elevadas tasas de mortalidad materna y de niños menores de cinco años en la región; destaca las conclusiones de las Naciones Unidas, que apuntan a tasas de mortalidad inferiores entre las madres que han recibido más educación, como un llamamiento unitario a favor de la educación universal; señala que el rápido crecimiento de la población ejerce una presión adicional sobre la capacidad de los gobiernos para proteger incluso los derechos económicos y sociales más básicos;
23. Hace hincapié en la interdependencia entre desarrollo, democracia, derechos humanos, buena gobernanza y seguridad en el Sahel; reitera su apoyo al enfoque basado en los derechos humanos y a la implicación democrática en la cooperación al desarrollo que aboga por el apoyo a la participación y a los conocimientos locales para lograr objetivos de desarrollo sobre el terreno, así como a unos mecanismos de seguimiento de la ejecución sólidos, eficaces e independientes que involucren a los parlamentos, otros organismos realmente representativos y la sociedad civil a escala tanto nacional como internacional; destaca, asimismo, la necesidad de luchar contra la corrupción para reforzar la legitimidad institucional y hacer frente a los problemas de desarrollo cada vez mayores en la región; resalta, además, la importancia de una sociedad civil libre y organizada y de unos medios de comunicación que vigilen y den parte de los abusos;
24. Toma nota con la debida gravedad de las frecuentes crisis alimentarias y otras emergencias humanitarias en la región del Sahel, así como de sus consecuencias para los derechos humanos más fundamentales; acoge favorablemente la activa participación de la UE y sus Estados miembros en las acciones destinadas a hacer frente a las crisis humanitarias en el Sahel; insiste, no obstante, en la necesidad de coordinar la acción humanitaria con una ayuda de la UE a largo plazo en el contexto de la cooperación al desarrollo y la protección de los derechos humanos;
Situación de los derechos humanos de las mujeres, los niños y las minorías
25. Condena enérgicamente que en Mauritania se siga practicando la esclavitud; manifiesta su consternación ante las pruebas que sugieren que hasta el 20 % de la población de Mauritania podría vivir en la esclavitud, encastrada en un rígido sistema de castas, a pesar de que la esclavitud se abolió oficialmente en el país en 1981 y se penalizó en 2007; observa que el Gobierno de Mauritania se muestra extremadamente reacio a reconocer el extendido y persistente recurso a la esclavitud, y que, hasta la fecha, solo se sabe de una acción legal contra un propietario de esclavos que se haya saldado con una condena; insta al Gobierno de Mauritania a que respete las obligaciones y los compromisos jurídicos que ha asumido a escala nacional e internacional de poner realmente fin a todas las formas de esclavitud; insta, asimismo, a las autoridades mauritanas a que dejen de acosar a las organizaciones locales de la sociedad civil que hacen campaña a favor del fin de la esclavitud; pide a la Comisión y a los Estados miembros que continúen apoyando la labor de las organizaciones, tanto mauritanas como internacionales, que luchan contra la esclavitud, incluida la labor de la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre Formas Contemporáneas de Esclavitud;
26. Observa, por otra parte, con gran preocupación que se sigue practicando la esclavitud en toda la región del Sahel y que en Mali, Níger y en otros países vive un gran número de personas en régimen de servidumbre por deudas; insta a las autoridades nacionales e internacionales competentes a que adopten medidas a este respecto, teniendo especialmente presente la posición y vulnerabilidad de las mujeres y las niñas, en particular ayudando a la rehabilitación y reintegración de las víctimas, recopilando datos y organizando campañas de sensibilización;
27. Manifiesta su honda preocupación por las pruebas que acreditan el recurso al trabajo infantil en las minas de oro, la agricultura y la silvicultura en Mali, que afectaría al parecer a menores de tan solo seis años; toma nota de las leyes malíes que prohíben el trabajo infantil, así como de la naturaleza especialmente peligrosa de la extracción de oro; pide, por consiguiente, a las autoridades malíes que apliquen las propuestas políticas de su Plan de Acción para la Lucha contra el Trabajo Infantil (PANETEM), de junio de 2011, y que fomenten más activamente la educación universal; pide a la UE que colabore con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y otras organizaciones nacionales e internacionales para erradicar completamente el trabajo infantil en Mali;
28. Manifiesta su profunda preocupación por las informaciones relativas al secuestro de menores para la obtención de rescates y para la venta en Chad; observa que los menores objeto de este tráfico son trasladados dentro del país y al extranjero y son sometidos a trabajos forzados y a explotación sexual; observa, por otra parte, que en algunos casos se han secuestrado y vendido menores a agencias de adopción internacionales;
29. Observa la discriminación de que son objeto las mujeres y las niñas en una gran parte de la región, reflejada, por ejemplo, en matrimonios forzados, matrimonios de menores, explotación sexual, falta de educación y, especialmente en Chad, la mutilación genital femenina generalizada, incluida la infibulación; pide a la UE que ayude a los grupos locales de mujeres y a la sociedad civil a hacer frente a la opresión y a permitir que las mujeres puedan llevar una vida elegida libremente;
30. Acoge con satisfacción el estatuto jurídico concedido a las relaciones entre personas del mismo sexo en Mali, Níger, Chad y Burkina Faso; lamenta, no obstante, la discriminación social que aún subsiste; confía en que los oprimidos durante la insurgencia en el norte de Mali puedan reintegrarse sin peligro en la sociedad; manifiesta su honda preocupación por el hecho de que Mauritania siga penalizando las relaciones LGBT; insta al Gobierno mauritano a que colabore con la sociedad civil con objeto de reformar su legislación y contribuir a mejorar las vidas de los ciudadanos LGBT;
31. Considera que un enfoque de la situación y el desarrollo de los tuareg basado en los derechos, que aborde sinceramente los agravios históricos, es esencial para la paz y el desarrollo en la región del Sahel; celebra los avances realizados en Níger a este respecto, pero insta a todos los países que cuenten con una población tuareg importante a que cooperen con los representantes de las comunidades para resolver, al nivel político e institucional, los problemas del subdesarrollo y la hostilidad; toma nota, por otra parte, de la variedad de culturas presentes en el Sahel, y alienta a los gobiernos de la región a que incluyan a todas estas culturas en los diálogos social y político;
Recomendaciones políticas de la UE para el Sahel
32. Acoge favorablemente el nombramiento del REUE para el Sahel, así como el importante componente relacionado con los derechos humanos que prevé su mandato; confía en que el nuevo representante coopere estrechamente con el REUE para los Derechos Humanos, la Fiscalía de la CPI, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) y los defensores y observadores de los derechos humanos en la región;
33. Destaca la importancia de respetar los compromisos políticos de la UE en materia de derechos humanos, incluidas sus directrices sobre los niños y los conflictos armados, sobre la violencia contra las mujeres y las niñas y la lucha contra todas las formas de discriminación contra ellas, sobre el fomento de la observancia del Derecho internacional humanitario, y sobre la protección de los civiles en las misiones y operaciones de la PCSD, así como la política global de la UE en relación con la aplicación de las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1325 y 1820 sobre las mujeres, la paz y la seguridad;
34. Observa que la Estrategia de la UE para el Sahel aún no integra adecuadamente los derechos humanos, el Estado de Derecho y el apoyo a la democracia como elementos clave para respaldar el entramado desarrollo-seguridad que constituye el núcleo vital de la estrategia; insta a las instituciones de la UE a que colaboren próximamente con el fin de revisar la estrategia en consecuencia;
35. Celebra que la propuesta de estrategia integrada global de las Naciones Unidas incluya un importante componente de derechos humanos, y pide a la UE que continúe apoyándola; subraya, no obstante, la importancia crucial que reviste un mayor compromiso de la UE con agentes africanos regionales como la Unión Africana, la CEDEAO o la Unión del Magreb Árabe y con mecanismos africanos regionales de defensa de los derechos humanos, con objeto de lograr que las iniciativas en materia de derechos humanos y democracia en el Sahel progresen de forma continuada;
Consideraciones relativas a los derechos humanos en el Sáhara Occidental y los campamentos de Tinduf
36. Toma nota del informe de abril de 2013 del Secretario General de las Naciones Unidas sobre la situación en el Sáhara Occidental, en el que se insiste en la importancia vital de abordar el conflicto del Sáhara Occidental como parte de una estrategia más amplia para el Sahel y se afirma que la cuestión de los derechos humanos es esencial para la resolución del conflicto; toma nota, además, de las conclusiones de numerosos observadores, según los cuales se corre el riesgo de que el Sáhara Occidental se desestabilice por el conflicto en el Sahel y los grupos que participan en el mismo;
37. Destaca la necesidad de que se examine la situación de los derechos humanos en el Sáhara Occidental sin esperar ningún tipo de solución política definitiva ni expresar una opinión sobre tal solución; reitera, no obstante, que la autodeterminación es un derecho humano fundamental, establecido en el artículo 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas; recuerda, por otra parte, la Resolución 1754 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en la que se exhorta a las partes a que entablen negociaciones de buena fe sin condiciones previas «con miras a lograr una solución política justa, duradera y mutuamente aceptable que conduzca a la libre determinación del pueblo del Sáhara Occidental»; expresa su temor de que el retraso de 25 años que ha sufrido la organización de un referéndum esté aumentando el distanciamiento de los saharauis y el potencial de violencia, en particular entre los jóvenes;
38. Expresa su profunda preocupación por el reciente informe del Relator Especial de las NN.UU. sobre la Tortura, que contiene pruebas de que funcionarios marroquíes han detenido a personas por motivos políticos, torturado y violado a reclusos saharauis, secuestrado y abandonado a manifestantes en el desierto con objeto de intimidarles, e ido deliberada y frecuentemente en contra de defensores de la independencia, también en sus hogares; toma nota, por otra parte, de las numerosas acusaciones de desapariciones forzosas y procesos injustos; destaca especialmente el desmantelamiento del campamento de protesta de Agdaym Izik en noviembre de 2010, con actuaciones muy violentas que costaron la vida a marroquíes y saharauis, y el posterior juicio de 25 saharauis, muchos de ellos conocidos activistas de los derechos humanos, en febrero de 2013; toma nota de la insistencia de Marruecos en relación con la justicia del proceso y las debidas garantías procedimentales, así como de las conclusiones de algunos observadores internacionales, pero recuerda también la preocupación del Relator Especial de las Naciones Unidas con respecto al recurso a un tribunal militar, las acusaciones de torturas y el hecho de que las autoridades marroquíes no las hayan investigado; toma nota de las conclusiones de varios observadores de los derechos humanos y ONG en relación con la supuesta politización de las actuaciones judiciales en este asunto, las pruebas insuficientes y las condenas excesivas; pide, por consiguiente, a las autoridades marroquíes que colaboren con la sociedad civil y otros agentes con el fin de garantizar la transparencia y justicia de sus procesos judiciales, y que investiguen y actúen en justicia contra los funcionarios de seguridad acusados de haber participado en detenciones arbitrarias, torturas y otros abusos de poder;
39. Reitera las preocupaciones recogidas en el informe del ACNUDH de 2006 en relación con las restricciones a la libertad de expresión, reunión y asociación en el Sáhara Occidental; toma nota de que Marruecos afirma que autoriza las sentadas y otras formas de protesta; lamenta la evidente obstrucción institucional que Marruecos hace a las ONG que defienden una posición independentista al impedir su registro y reconocimiento legal; condena los castigos, con frecuencia severos, por «socavar la integridad territorial de Marruecos», una figura legislativa utilizada al parecer para ir en contra de los saharauis que defienden la independencia pacíficamente; recuerda las conclusiones de la Experta Independiente de las Naciones Unidas en la Esfera de los Derechos Culturales, según las cuales las autoridades marroquíes reprimen algunos aspectos de la cultura saharaui, y reitera el llamamiento que esta ha hecho a favor de que se deroguen tales medidas y se promueva una diversidad cultural plena;
40. Acoge con satisfacción los importantes avances económicos y en infraestructuras realizados por el Gobierno marroquí en el Sáhara Occidental; sigue preocupado, no obstante, por el litigio en curso sobre la explotación de los recursos naturales del territorio, en particular las minas de fosfato, la pesca y las perforaciones exploratorias de petróleo; recuerda el consejo del Secretario General Adjunto de Asuntos Jurídicos de las Naciones Unidas de 2002, quien insistió en el derecho inalienable del pueblo del Sáhara Occidental a los recursos naturales de su territorio y afirmó que sería ilegal seguir explotándolos ignorando los intereses y los deseos del pueblo del Sáhara Occidental; subraya, por tanto, que los bienes y recursos del Sáhara Occidental no deben estar contemplados en los acuerdos comerciales celebrados entre Marruecos y la UE a menos que se pueda demostrar claramente el consentimiento de la población saharaui y el interés para esta; considera, en particular, que la UE no debe celebrar nuevos acuerdos de pesca con Marruecos mientras no se haya resuelto esta controversia;
41. Observa que las minas terrestres en el Sáhara Occidental han provocado, lamentablemente, al menos 2 500 víctimas desde 1975, y que continúan amenazando a muchos millares de nómadas saharauis, así como que representan un obstáculo fundamental para solucionar el litigio del Sáhara Occidental y la situación de los refugiados; encomia, por consiguiente, el trabajo realizado por la MINURSO, el Ejército Real de Marruecos, Landmine Action y otras organizaciones para cartografiar y desminar las zonas afectadas, y alienta a todos los agentes a que hagan cuanto obre en su poder para concienciar a la población, asistir a las víctimas y eliminar todas las municiones restantes;
42. Manifiesta su profunda preocupación por la pobreza crónica y la inexistencia de servicios básicos y de viviendas adecuadas en los campos de refugiados en las cercanías de Tinduf, administrados por el Frente Polisario; reitera las recomendaciones del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la Vivienda Adecuada en el sentido de que se destinen suficientes fondos internacionales a este fin; observa, a este respecto, que no existe una documentación clara que recoja el número exacto de habitantes de Tinduf, e insta a las autoridades a que lleven a cabo o favorezcan la realización de censos regulares o registros oficiales;
43. Manifiesta su preocupación por el hecho de que la pobreza en Tinduf, junto con la ausencia de perspectivas a largo plazo para muchos refugiados, les haga vulnerables a la radicalización religiosa fundamentalista; destaca especialmente la porosidad de las fronteras de la región, que conlleva el riesgo de facilitar una infiltración más profunda de los campamentos por grupos yihadistas del norte de Mali y otros lugares; subraya, por consiguiente, la importancia vital de garantizar la seguridad y protección de los campamentos;
44. Observa que, si bien los observadores más recientes, así como los informes del ACNUDH, el Centro Robert F. Kennedy para la Justicia y los Derechos Humanos y Human Rights Watch, han detectado pocas pruebas de violaciones sistemáticas e institucionales de los derechos humanos en los campamentos, numerosos agentes, incluidos el Gobierno marroquí, ONG marroquíes y antiguos habitantes de Tinduf, han afirmado que las autoridades del Frente Polisario restringen la libertad de expresión y de circulación de los habitantes, practican o permiten la esclavitud, obligan a los menores a contraer matrimonio y separan a las familias para enviar a los menores a entrenamientos militares a Cuba; toma nota de que el Frente Polisario niega enérgicamente estas acusaciones, que, según este movimiento, tienen motivaciones políticas; pide, por tanto, al Frente Polisario que conceda a los observadores independientes de los derechos humanos un acceso pleno, regular y sin obstáculos a los campamentos; pide al Frente Polisario y a las autoridades marroquíes, habida cuenta de las informaciones sobre pruebas de esclavitud privada residual tanto en Tinduf como en el Sáhara Occidental, que redoblen sus esfuerzos por poner fin a esta práctica y rehabilitar a sus víctimas;
45. Celebra los esfuerzos realizados para mejorar la documentación de las acusaciones de abusos de los derechos humanos en el Sáhara Occidental, en particular mediante la creación del Consejo Nacional de Marruecos para los Derechos Humanos, que tiene oficinas en El Aaiún y Dakhla; observa la positiva labor de este organismo y pide al Gobierno de Marruecos que contribuya a reforzar su independencia y sus competencias y garantice la aplicación de sus recomendaciones; acoge favorablemente, por otra parte, las invitaciones cursadas por Marruecos a delegaciones internacionales ad hoc, y su aceptación de las mismas, incluido el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la Tortura, e insta a todas las partes interesadas a que prosigan su cooperación con los organismos de las Naciones Unidas responsables de los derechos humanos;
46. Toma nota, no obstante, de las graves y controvertidas acusaciones contra las administraciones tanto de Marruecos como del Frente Polisario, y recuerda la reciente insistencia del Secretario General de las Naciones Unidas en que se debe supervisar de forma independiente, imparcial, global y continua la situación de los derechos humanos en el Sáhara Occidental y en los campamentos; observa, a este respecto, que las Naciones Unidas no reforzaron el mandato de la MINURSO en abril de 2013 para incluir un componente relacionado con los derechos humanos; alienta a las Naciones Unidas a que procedan a ello o, en su defecto, creen un nuevo organismo, permanente e imparcial, para los derechos humanos encargado de supervisar y dar parte de la situación global de los derechos humanos y de investigar las denuncias individuales; pide que ese organismo englobe la parte del Sáhara Occidental controlada por Marruecos, los campamentos de Tinduf y otros territorios controlados por el Frente Polisario;
47. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los REUE para los Derechos Humanos y para el Sahel, a los Estados miembros, a los Gobiernos y los Parlamentos de los países del Sahel, a Marruecos, Argelia y el Frente Polisario, al Secretario General y al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, al Presidente de la Unión Africana y al Secretario General de su Comisión, y al Presidente de la CEDEAO y al Presidente de su Comisión.
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